La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC Chile) anunció la activación de beneficios especiales y la rebaja en los requisitos de acceso al Seguro de Cesantía para toda la región de Coquimbo y la provincia de Huasco.
Esto luego de que el Gobierno decretara Estado de Catástrofe en las citadas zonas por el impacto del sistema frontal.
A detalle, se estableció una disminución en el número de cotizaciones exigidas para acceder al seguro con cargo a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC): para los contratos indefinidos o trabajadores de casa particular, pasa de 10 a ocho cotizaciones mensuales.
Para los trabajadores a plazo fijo o por obra, el requisito baja de cinco a cuatro cotizaciones. Y para el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), con todo tipo de contrato, la exigencia pasa de 10 a ocho cotizaciones.
Aumenta el monto de pago del Seguro de Cesantía
Por otro lado, desde la AFC confirmaron un incremento en los montos de pago para los beneficiarios que registren su último trabajo en la región de Coquimbo o provincia de Huasco. Si actualmente están cobrando el Seguro, se mejorarán los pagos correspondientes a julio y agosto.
Y si el afiliado no ha solicitado el beneficio y cumple con los requisitos de acceso, recibirá la mejora de los dos primeros pagos del mismo.
Además, si la persona está recibiendo el quinto pago del Fondo de Cesantía Solidario dentro del período de catástrofe, tendrán dos pagos adicionales y automáticos, equivalentes al 30% de su renta imponible promedio, “siempre y cuando el afiliado permanezca cesante”.
El beneficio mejorado estará vigente durante la declaración de zona de catástrofe o hasta 60 días después de su término.
Para ingresar una nueva solicitud, los afiliados de zonas afectadas pueden acceder a la página afc.cl con ClaveÚnica o clave AFC, o también recurrir a una de las 53 sucursales a lo largo del país o los puntos de atención presencial parcial.
El trámite necesita cédula de identidad vigente; finiquito u otro documento de término de contrato donde se indique la causal y fecha de término del último trabajo como el contrato de trabajo; certificado emitido por el empleador -que incluya nombre, cargo y firma del representante de la empresa- o una declaración jurada de la DT.
Si el finquito es electrónico de la Dirección del Trabajo (DT), firmado y ratificado, no será necesario subir documentación.